Teletrabajo durante la nueva normalidad

Para aquellos puestos de trabajo que pueden ser desempeñados mediante teletrabajo, la modalidad preferente es el teletrabajo, hasta el 21 de septiembre de 2020, según los RD 8/2020 y 15/2020. Este es un criterio general, de protección de la salud de tod@s l@s trabajadores/as, independientemente de si tienen que cuidar a menores o mayores dependientes.

A partir del 21 de septiembre y hasta que el que el Gobierno no declare la finalización de la crisis sanitaria, el RD 21/2020 establece varias medidas de prevención e higiene.


Una de ellas es: «Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible». De nuevo, es esta una medida de protección de la salud de carácter general, para tod@s l@s trabajadores/as, de empresas públicas y privadas, con convenio y sin convenio, independientemente de si tienen que cuidar o no a mayores y menores dependientes.

Estas son medidas generales, que deben ser concretadas en las distintas empresas mediante la negociación con los sindicatos, pero las empresas del sector, tanto RENFE y ADIF como el resto de compañías, han preferido
no regular estas recomendaciones
, por lo que en la práctica, cada jefatura o cada unidad organizativa está haciendo lo que mejor le parece.

Ante esta situación, l@s trabajadores/as del sector cuyo trabajo puede ser realizado mediante teletrabajo, podemos reclamar continuar con el teletrabajo o volver a realizar teletrabajo, ya sea durante toda la jornada semanal o durante una parte de ella, con el objetivo de proteger nuestra salud, minimizando los desplazamientos y minimizando la presencia en la oficina cuando no sea imprescindible para realizar nuestro trabajo.

Además, l@s trabajadores/as que tengan hijos menores de 12 años o mayores dependientes, tienen derecho a adaptar su jornada sin reducir la jornada y por tanto sin reducir el sueldo.


La adaptación de jornada puede ser un cambio de turno, o entrar y salir antes o también puede ser realizar toda o parte de la jornada mediante teletrabajo, si el puesto lo permite. Este es un derecho general, que aplica evidentemente tanto a hombres como a mujeres. Aplica también a quienes trabajan en empresas públicas o privadas, con convenio o sin convenio.

En ADIF y RENFE, desde CGT hemos reclamado a las direcciones de las empresas públicas que permita la continuidad voluntaria del teletrabajo a tod@ trabajador/a (personal de convenio y jefes/as que no son alta dirección) que lo solicite, ya sea durante toda la jornada semanal o al menos, hasta el 80% de la jornada semanal, a voluntad del trabajador/a.


¿En qué puestos? En todos aquellos que puedan desempeñarse mediante teletrabajo, que para nosotr@s son todos aquellos puestos en los que la empresa ordenó el teletrabajo durante el confinamiento de la pasada primavera.

¿Cuál es la situación en cada empresa?

En ADIF.

El protocolo de actuación para la transición hacia la nueva normalidad, del pasado mes de mayo, establece que en la nueva normalidad, que es la fase en que nos encontramos ahora en la mayor parte del país, en las oficinas donde se hizo teletrabajo durante el confinamiento, la modalidad de trabajo será «teletrabajo + presencial».

Desde CGT hemos reclamado a la dirección de RRHH que negocie con los sindicatos una regulación más concreta de esa combinación de teletrabajo+presencial. No hemos recibido respuesta, pero en varias reuniones nos han indicado que están estudiando el tema.

Como el tiempo avanza y la empresa sigue sin regular este tema tan importante, en varios comités provinciales (entre ellos los de Madrid) hemos reclamado lo mismo. Tampoco hemos recibido ninguna respuesta concreta, solo la indicación de que estudiarán nuestra propuesta y que entienden que la norma debe ser general.

A falta de normativa concreta, en algunas direcciones han elaborado protocolos de vuelta al trabajo presencial en oficinas, en otras no y en la mayoría de los casos, cada subdirector decide por su cuenta.

Ante esta situación, desde CGT recomendamos que en caso de que ordenen la vuelta al trabajo presencial en oficina, el/la trabajador/a afectad@ reclame la continuidad total o parcial del teletrabajo.

Si necesitas un modelo de reclamación, ponte en contacto con nosotr@s y te facilitaremos uno, que puedes adaptar a tu situación particular: riesgo de contagio, cuidado de menores…

En RENFE.

Desde CGT hemos solicitado a RRHH la continuidad del teletrabajo voluntaria para todo puesto de trabajo que pueda ser desempeñado con esta modalidad, pero no hemos recibido respuesta.

Igualmente, desde CGT recomendamos que en caso de que ordenen la vuelta al trabajo presencial en oficina, el/la trabajador/a afectad@ reclame la continuidad total o parcial del teletrabajo.

Si necesitas un modelo de reclamación, ponte en contacto con nosotros y te facilitaremos uno, que puedes adaptar a tu situación particular: riesgo de contagio, cuidado de menores…

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