Teletrabajo en ADIF: el cuento de nunca acabar
El pasado 6 de abril se celebró la quinta reunión de seguimiento del acuerdo de teletrabajo que, como sabéis, se incorporó al II convenio de ADIF y ADIF AV el pasado 16 de junio de 2022 con el único voto en contra de CGT, por ser discriminatorio y por dejar mucho poder en manos de la empresa.
Desde CGT planteamos lo siguiente:
- La dirección de la empresa sigue sin cumplir siquiera con el acuerdo que firmó el 16 de junio de 2021 y solo permite el teletrabajo a una parte del personal que lo solicita, con discriminaciones graves.
- Reclamamos una vez más que se permita hacer teletrabajo al menos a todos los puestos que lo hicieron durante el confinamiento durante la pandemia en la primavera de 2020
- Reclamamos que no se limiten los días de teletrabajo por motivos arbitrarios a 1 o 2 a la semana como está pasando en algunas direcciones generales como Conservación y Mantenimiento y Negocio y Operaciones Comerciales.
- Reclamamos que retiren el sistema de fichaje de net time porque no tiene nada que ver con el teletrabajo, y mezclar las dos cosas es una muestra evidente de mala fe negociadora. Consideramos que es una vergüenza que los directivos en vez de preocuparse por hacer bien su trabajo de dirección, se dediquen a dilapidar el dinero público, que es dinero de tod@s, para controlar la presencia en el puesto de trabajo. Que se preocupen de la calidad y cantidad de trabajo y del servicio público ferroviario y no de a qué hora entramos en la oficina y a qué hora salimos.
La empresa está aceptando algunas alegaciones, que resuelven algunos casos individuales y también está empezando a dar información sobre los motivos de denegación de algunas alegaciones.
Aunque la dirección de la empresa no ha contestado a todas las alegaciones, en aquellas que sí ha confirmado el rechazo a la posibilidad de teletrabajo, la empresa ha indicado el criterio en el que basa su decisión.
Los motivos de denegación son los cinco criterios del punto 3 del acuerdo y los dos criterios del punto 4
- Que la mayoría de los contenidos funcionales del puesto puedan desarrollarse a distancia
- Que no requieran para su normal desempeño de la presencia o colaboración física con otras personas
- Que permitan obtener los resultados sin exigir una presencia o ubicación específica determinada
- Que una parte significativa de su actividad se pueda desarrollar con medios informáticos
- Que no requieran de acceso frecuente a material no informático
- Ser trabajador/a fijo/a
- Antigüedad mínima de un año en el puesto
El acuerdo de teletrabajo lo podéis consultar aquí:
https://oficinasferroviarias.es/category/normativa
En resumen
El acuerdo es discriminatorio y deja mucho margen a la empresa para que lo aplique a dedo, en función de las preferencias personales de cada director o director general. Como era de esperar, la aplicación del acuerdo está siendo a dedo y sin criterios organizativos objetivos.
La empresa se ha comprometido a negociar en las próximas reuniones las alegaciones en puestos concretos y también a responder por qué en algunas direcciones solo se pueden hacer dos días a la semana de teletrabajo.
La siguiente reunión será el martes 26 de abril. Os seguiremos informando.